TSJ Staff
Argentina remitió al Congreso, el 29 de mayo de 2026, un proyecto de nueva Ley General de Sociedades para reformar de forma integral su régimen societario. La propuesta prioriza la autonomía estatutaria y mueve el eje desde el capital social nominal hacia la solvencia efectiva y el patrimonio neto de las empresas.
El 29 de mayo de 2026 fue remitido al Honorable Congreso de la Nación un proyecto de nueva Ley General de Sociedades que propone una reforma integral del régimen societario argentino para adaptarlo a nuevas dinámicas de negocios y a la economía digital. Según una columna publicada por Ámbito el texto busca modernizar reglas de constitución, organización y funcionamiento de las empresas bajo un marco más flexible.
La reforma apunta a actualizar la Ley General de Sociedades N° 19.550, una norma con más de cincuenta años sin una modificación de fondo, que el artículo describe como anclada en una lógica intervencionista. En el proyecto, el paradigma se invierte: las normas pasan a ser, como regla, supletorias de la voluntad estatutaria, con preeminencia del principio de autonomía de la voluntad, tal como se señala en su artículo 2°.
Uno de los cambios centrales es conceptual. El régimen tradicional partía de la idea de que la cifra del capital social ofrecía una protección suficiente para los acreedores frente a la limitación de responsabilidad de los socios. La columna sostiene que el proyecto reemplaza ese enfoque y entiende que la garantía real del riesgo empresario está en el patrimonio neto del ente, no en un capital nominal y estático que puede perder relevancia, especialmente en contextos de inflación.
"La verdadera garantía de quienes contratan con la sociedad reside en su patrimonio, en su solvencia, en la integridad de sus activos, en la información disponible (léase estados contables)…"
Aunque el artículo 30 del proyecto no regula de manera específica test de solvencia, el análisis citado por Ámbito remarca que el mensaje de elevación sí pone el foco en esa lógica. En esa línea, la nota explica que la evaluación del riesgo deberá mirar la capacidad real de una sociedad para cumplir sus deudas, incluyendo solvencia, liquidez, capital de trabajo, generación operativa de fondos y proyecciones financieras, más allá de un único índice contable.
Si avanza en el Congreso, la reforma movería el derecho societario argentino hacia un esquema más flexible para crear, organizar y operar empresas, con la intención de facilitar actividad empresaria, inversión, innovación y financiamiento de proyectos. La lectura fue firmada por Juan Ignacio Petra Cremaschi, abogado y especialista en derecho empresario, blockchain e inteligencia artificial, y Marcelo Dulman, contador público y especialista en auditoría y normas contables.